El ex defensor ante el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, Gustavo Ariznabarreta, analizó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que fue anunciado en los medios de comunicación de alcance nacional como la declaración de inconstitucionalidad de la prisión perpetua en la Argentina, cuando excluye la posibilidad de conceder la libertad condicional.
Ariznabarreta aclaró que el fallo de la Corte Suprema en el caso "Guerra" aborda una apelación sobre la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal, que impide a los condenados por homicidios agravados acceder a beneficios como la libertad condicional. El caso involucra a una persona condenada a prisión perpetua por homicidio criminis causa, quien, al apelar, planteó que era inconstitucional negarle toda expectativa de libertad. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inconstitucional dicho artículo, argumentando que incluso en prisión perpetua debe existir la posibilidad de reinserción. La Corte, sin pronunciarse directamente sobre la constitucionalidad del artículo, rechazó la apelación del fiscal al considerar sólidos los argumentos de la Cámara, dejando vigente su decisión de que el condenado puede aspirar a un beneficio en el futuro.
En otras palabras, la persona condenada necesita tener la expectativa y la esperanza de que algún día podrá recuperar su libertad, ya que de esa forma se le otorga la posibilidad de reeducarse.
Para el letrado, con este fallo “la CSJN marca la cancha y dice que los argumentos son sólidos. Y si bien no establece un precedente, en vez de haber encendido un semáforo en verde o rojo quedó en amarillo. Es un paso adelante importantísimo. Lo central es que marca en jurisprudencia aspectos de la doctrina que vienen siendo señalados”.
En tal sentido, el abogado acentuó que “las cuestiones sociales son procesos de tiempo, la presión, la opinión, factores de poder; el estigma más grande que se tiene sobre este punto es que se ha confundido garantismo con abolicionismo”.
“Las personas tenemos tendencia a discriminar, en el ámbito criminal se separan los tipos de delitos que se cometen, aquella persona por homicidio o robo. La sociedad al discriminar no le va a entrar razón que le expliques los derechos de las personas privadas de la libertad, a nivel social no hemos aprendido a entender al otro, en la empatía, me pongo en la piel de mucha gente. Es más fácil legitimar el proceso o la acusación, es injusto juzgar desde mi lugar”, reflexionó acerca de las distintas realidades de vida de las personas.
Además, evidenció que las personas detenidas en Tierra del Fuego “son chicos nuestros, o que se criaron acá. Somos todos fueguinos, los que llevamos muchos años y los que nacimos y elegimos ser fueguinos”.
“El sistema debería centrarse en referenciar la norma: enseñar lo que se puede y no se puede hacer. Pero, ¿cómo rehabilitas a alguien que nunca estuvo habilitado? ¿Cómo resocializas a alguien que nunca conoció lo que es la socialización?”, cuestionó.
Para Ariznabarreta “este es un problema que requiere definiciones políticas claras: educación, trabajo, recursos adecuados, y eso implica decisiones presupuestarias”. Sin embargo, estos temas suelen ser relegados “hasta que hay una crisis”. Mientras tanto, el discurso retórico sobre derechos humanos se vuelve vacío si no se acompaña de políticas reales. “Somos el país que más tratados de derechos humanos ha firmado, pero uno de los que menos los cumple”, señaló.
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